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Sepa qué comercio estará abierto en los feriados irrenunciables del 18 y 19 de septiembre

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28/08/2014 17:25:49
Olvídese de los supermercados y compre antes. Los que sí atenderán público serán las farmacias de turno, las estaciones de combustibles y locales de entretenimiento. El 17 todo deberá estar cerrado a las 21:00.


Foto Nota
La ministra del Trabajo, Javiera Blanco, se trasladó este jueves hasta el sector comercial de calle Rosas en el centro de Santiago para informar a los trabajadores de los feriados obligatorios e irrenunciables de Fiestas Patrias, que corresponden al 18 y 19 de septiembre. Esto "significa que el comercio debe estar cerrado desde el día 17 de septiembre a las 21:00 horas y hasta el día 20 de septiembre a las 6:00 de la mañana. Es un justo descanso para los trabajadores y lo vamos a estar fiscalizando de Arica a Punta Arenas". Para ver que eso se cumpla en todo el país trabajarán 160 fiscalizadores de la Dirección del Trabajo, de los cuales 40 estarán en terreno en la Región Metropolitana. La ministra dijo que "si no respetan el cierre las empresas se exponen a multas por cada uno de los trabajadores. Las multas van de los $200 mil a los $800 mil, pero lo importante es que se cumpla con la ley laboral y el justo descanso para nuestros trabajadores. Queremos que el 18 y 19 estén bailando cueca y compartiendo con sus familias". Ellos sí trabajarán Según informó el Ministerio del Trabajo, se exceptúan del feriado irrenunciable los trabajadores que se desempeñan en: clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Los que no trabajan Los supermercados y comercios asociados a un mall o incluso a stripcenters y servicentros. Los locales familiares pueden ser atendidos por sus dueños. La recomendación es que compre todo lo que necesite antes del 17. ¿Qué pasa con el 17? El 17 el descanso se iniciará a más tardar a las 21:00 y se retomará a las 6:00 del día 20 de septiembre, salvo que los respectivos dependientes laboren en turnos rotativos de trabajo, caso en el cual estos podrían prestar servicios entre las 21:00 y las 24:00 horas del día 17 de septiembre o entre 00:00 y las 06:00 del día 20 de septiembre cuando el respectivo turno incida en dichos periodos. En el caso del comercio que no cierre sus puertas en la víspera, las multas van de $422.200 hasta $2.533.200 por empresa. - De 10 UTM si la empresa tiene entre 1 y 49 trabajadores. - De 40 UTM si la empresa tiene entre 50 y 199. - De 60 UTM si la empresa tiene 200 y más trabajadores. Estas son las multas para los feriados irrenunciables - Empresa con hasta 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado. - De 50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado. - De 200 o más: 20 UTM por cada trabajador afectado. Los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo. Eso sí, los locales comerciales atendidos por sus propios dueños pueden abrir durante ambos días feriados.

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